Nueva normativa sobre accesibilidad y movilidad reducida en lugares públicos para el año 2022

El próximo año 2022 entrará en vigencia la nueva normativa para la accesibilidad y la no discriminación hacia aquellas personas que tengan algún problema de movilidad reducida o discapacidad.

Es por esa razón que hemos decidido explicarte con detalles cómo esta normativa va a mejorar significativamente el derecho de las personas con discapacidad hacia una libre accesibilidad. En especial, en aquellos espacios que son comunitarios o públicos.

Si la comparamos con las anteriores normativas, en esta ocasión han intervenido en su desarrollo entidades relacionadas con las personas con problemas de movilidad reducida o disparidades, por lo que vienen cambios importantes.

¿En qué consiste la normativa de accesibilidad en espacios públicos urbanizados?

Como ya hemos dicho, para comienzos del año 2022 entrará en vigencia la nueva normativa para la accesibilidad, la TMA 2021, de 23 de julio /851/. Esta normativa no es más que un documento técnico que establece una serie de condiciones básicas que buscan garantizar la accesibilidad sin discriminar a nadie para el libre acceso y utilización de espacios públicos.

Esta normativa sustituirá a la orden VIV/561/2010, que hasta estos momentos era la normativa que se usaba de referencia. Sin embargo, a partir del 2 de enero del 2022, será sustituida completamente por la nueva y mejorada normativa.

¿Qué cambios ha incorporado esta nueva normativa?

En comparación con la normativa anterior, ahora se podrá instalar un elevador vertical, una plataforma salvaescaleras o una silla salvaescaleras ocupando parte de la vía pública. Pero hay que tener en cuenta que siempre debe ser lo mínimo indispensable.

A su vez, también elimina aquellas excepciones que permitían que determinados pasos peatonales fueran de un ancho inferior a los 1,80 metros. Además, son estipuladas unas medidas mínimas en las huellas y contrahuellas de los escalones.

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